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Servicio de Asesoramiento en Ciberseguridad (Básico)


OBJETO

El principal objetivo de este servicio es ofrecer asesoramiento en la transformación digital de tu pyme, proporcionando soluciones adaptadas a tus necesidades específicas. Se definirán la inversión necesaria y las medidas estratégicas para aplicar en cada área de impacto consiguiendo una mejora de ámbito general. Además, se utilizarán tecnologías innovadoras como a inteligencia artificial para identificar oportunidades de mejora y optimizar el proceso de transformación digital.


Tipología de asesoramiento

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Básico.

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Actividades

El Asesor Digital Adherido será encargado de realizar una serie de actividades para garantizar el correcto desarrollo de transformación digital de tu pyme:

  • Analizar los procesos comerciales existentes para identificar aquellas áreas de tu pyme que podrían beneficiarse de la digitalización.

  • Diseñar e implementar programas de concienciación para educar a tus empleados sobre la importancia estratégica de la transformación digital.

  • Evaluar las herramientas y tecnologías ya en uso, ofreciéndote un asesoramiento para optimizar su rendimiento y alinearlas con tus objetivos de transformación digital.

  • Desarrollar una estrategia clara y personalizada que articule los objetivos, plazos y pasos específicos para la transformación digital.

  • Establecer un marco para la innovación continua y la adaptabilidad a medida que evolucionan las tecnologías digitales.

  • Desarrollo y ejecución de un caso de uso adaptado al negocio, utilizando las técnicas apropiadas, que permita conocer las ventajas de la utilización de herramientas digitales.

  • Identificación de oportunidades o posibles usos de la IA en el ámbito de la transformación digital.

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Importe de la ayuda

  • 10 < 50 empleados: 6.000€

  • 50 < 100 empleados: 6.000€

  • 100 < 250 empleados: 6.000€

 

Para la justificación del servicio prestado se deberá aportar la correspondiente documentación técnica y los resultados obtenidos, conforme lo establecido en el artículo 31.6a) de esta orden.

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